Que su vida nos sirva de inspiración

lunes, 16 de marzo de 2009

RESOLUCION CONSIDERANDO FALTA GRAVE DE LA INTENDENTE

En la última sesión extraordinaria, cuyo orden del día tenía varios temas a tratar se incluyo un proyecto de resolución que proponía declarar como falta grave el incumplimiento del Ejecutivo a las ordenanzas que regulan la publicación del boletin municipal y el digesto de normas (ordenanzas y decretos). En este tema el bloque de la UCR voto en forma negativa.

Dado el tratamiento parcial, poco profundo, y en algún caso tendencioso que se verificó en los medios, considero que resulta necesario ofrecer una completa caracterización sobre la pertinencia del procedimiento y en consecuencia sobre los fundamentos del voto del bloque de la UCR en gral y en particular el de quien suscribe.

En primer lugar la Falta Grave efectivamente es una figura que contempla la Ley Orgánica de las Municipalidades, para el caso de presumirse o constatarse una acción u omisión pasible de ser encuadrada como tal.

Para ello la ley es clara en cuanto al procedimiento que debe implementarse para llegar a la calificacipon de falta grave.

En primer lugar debe constituirse (votarse con los 2/3 de los miembros del HCD) una Comisión Investigadora que recabe información, permita el descargo del Intendente, etc, y solo mediando un dictámen de dicha comisión puede formalizarse la imputación de la Falta Grave.

Lejos de seguirse este proceso, en este caso se trató de una resolución (acto administritvo previsto para expresar una opinión del concejo, no una acusación), sin comisión investigadora, ni proceso, ni descargo. Una resolución que carece por ser tal, de peso o relevancia legal y no obliga a ninguna acción o respuesta de parte del Ejecutivo.

Es como imputar un delito cualquiera sin mediar un proceso de juzgamiento, ni el derecho a defensa, por mas presunción que se tenga de la existencia del mismo.

Eso es sencillamente, un disparate, un acto legalmente improcedente y esteril, que solo busca instalar la noticia de que la intendente cometió una falta grave.

Lo curioso es que la supuesta falta grave, sería la publicación o entrega tardía del boletin y el digesto que por cierto, solo es reclamado por la oposición y los medios para evaluar los actos de la administración, si bien es cierto debe cumplirse con la obligación toda vez que hace a la transparencia de los actos de gobierno.

Creo sinceramente que hasta el tema "elegido" fue poco funcional a la oposición, cuando existen buena cantidad de tematicas que meritúan mucho mas que la elegida, para intentar establecer la exsitencia de Falta Grave.

Por tal motivo, insisto, mas allá de la irregularidad que implica la no publicación en tiempo y forma de los actos de gobierno, resultaba inaceptable acompañar una iniciativa que solo buscaba

generar un hecho político, instalando la idea de "gravedad", para utilizarlo como precedente para justificar otras figuras legales que configuran imputaciones mas delicadas hacia el Ejecutivo.

Como lo he expresado en alguna entrevista, solo acompañare aquellas decisiones que se adopten respetando los procesos y mecanismos que contempla la legislación, para cuestionar y sancionar la conducta de la Intendente, o de cualquier funcionario que incumpla con sus deberes.

Esa debería ser una condición de seriedad y responsabilidad mínimas que deberíamos anteponer los concejales, comofuncionarios públicos, no obstante los hechos demuestran que no todos exciben ese criterio.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario